Si te han detenido por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI/DWI), te enfrentas a uno de los delitos de tráfico más graves. Si tu nivel de alcoholemia es de 0,08 o superior, te enfrentas a dos casos que debes defender. El primero son los cargos penales propiamente dichos presentados ante el tribunal. El segundo es la suspensión o revocación administrativa del permiso por el Departamento de Licencias. Los dos asuntos son independientes entre sí.
¿Qué está en juego? Mucho. Una persona acusada y declarada culpable de DUI puede estar sujeta a penas de cárcel obligatorias (incluso por un primer delito) de hasta un año, una multa de hasta 5.000 $, suspensión de la licencia, seguro SR 22 (conductor de alto riesgo), bloqueo de encendido, tratamiento por abuso de sustancias y otras multas, tasas y restricciones.
Una condena por DUI no se puede borrar en el futuro. Permanece en tu expediente.
Te pueden acusar de conducir bajo los efectos del alcohol aunque tu tasa de alcoholemia sea INFERIOR a 0,08. La ley establece que no puedes conducir un vehículo de motor si estás afectado por drogas, alcohol o marihuana.
Incluso te pueden acusar de DUI si conduces después de tomar la medicación que te ha recetado tu propio médico. Si eres menor, te pueden acusar de DUI si tienes un nivel de alcoholemia de 0,02 o superior.
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