Las pensiones alimenticias no son deducibles para el pagador ni imponibles para el beneficiario. Cuando calcules los ingresos brutos para ver si estás obligado a presentar una declaración de la renta, no incluyas las pensiones alimenticias recibidas.

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En virtud de los instrumentos de divorcio, disolución o separación ejecutados el 31 de diciembre de 2018 o antes, los pagos por pensión alimenticia o manutención del cónyuge son deducibles para el pagador y gravables para el beneficiario. Al calcular los ingresos brutos para ver si estás obligado a presentar una declaración de la renta, debes incluir los pagos de pensión alimenticia recibidos en virtud de un instrumento de este tipo.

Sin embargo, en virtud de instrumentos de divorcio, disolución o separación celebrados después del 31 de diciembre de 2018, y en virtud de determinados instrumentos celebrados el 31 de diciembre de 2018 o antes, pero modificados posteriormente, si la modificación establece expresamente que la derogación de la deducción por pensión alimenticia o manutención del cónyuge se aplica a la modificación, esos pagos no son deducibles para el pagador ni imponibles para el beneficiario. Cuando calcules los ingresos brutos para ver si estás obligado a presentar una declaración de la renta, no incluyas los pagos por pensión alimenticia o alimentos recibidos en virtud de un instrumento de este tipo.

Los casos de Derecho de Familia y Disolución pueden tener un impacto sustancial en otras áreas del Derecho; como la fiscal. Para una consulta con un abogado de derecho de familia de Althauser Rayan Abbarno en Centralia u Olympia llama al (360) 736-1301 o visita CentraliaLaw.com

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