Según los abogados de Althauser Rayan Abbarno, la Asamblea Legislativa del estado de Washington aprobó por unanimidad, y el gobernador Inslee firmó, una nueva que deroga la ley actual que impone responsabilidad civil por divulgación ilícita de imágenes íntimas y la sustituye por la Ley de Recursos Civiles Uniformes para la Divulgación No Autorizada de Imágenes Íntimas (UCRUDIIA).
Ley de Recursos Civiles Uniformes contra la Revelación No Autorizada de Imágenes Íntimas.
En 2018, la Comisión de Derecho Uniforme (ULC) promulgó la Ley de Recursos Civiles Uniformes por la Divulgación No Autorizada de Imágenes Íntimas (UCRUDIIA), que aborda la divulgación de imágenes privadas de desnudez o conducta sexual sin consentimiento. La UCRUDIIA crea una causa de acción civil por la divulgación no autorizada de imágenes íntimas, especifica excepciones a la responsabilidad, establece disposiciones para abordar la intimidad de las víctimas y prevé diversos recursos, incluidos daños punitivos.
Causas de acción en virtud de la UCRUDIIA
Una persona representada que sea identificable en una imagen íntima privada, y que sufra daños por la divulgación intencionada o la amenaza de divulgación de la imagen por parte de una persona
sin el consentimiento de la persona representada, tiene una causa de acción contra la persona divulgadora si dicha persona sabía o actuó con imprudencia temeraria respecto a si:
- el individuo representado no dio su consentimiento a la divulgación;
- la imagen íntima era privada
- el individuo representado era identificable.
Una persona no es responsable en virtud de la UCRUDIIA si la divulgación de una imagen íntima fue:
- realizadas de buena fe en actividades policiales, procedimientos judiciales o educación o tratamiento médicos;
- realizadas de buena fe al denunciar o investigar una conducta ilícita o una conducta no solicitada y no deseada;
- relacionados con un asunto de interés público o de preocupación pública; o
- razonablemente destinados a ayudar al individuo representado.
La divulgación de imágenes íntimas no es una cuestión de preocupación o interés públicos por el mero hecho de que la persona retratada sea una figura pública.
Un acusado que sea padre, tutor legal o persona con custodia legal de un menor no es responsable de la divulgación de una imagen íntima del menor. Esta excepción no se aplica si la divulgación estaba prohibida por una ley distinta de la UCRUDIIA, o se hizo con fines de excitación sexual, gratificación sexual, humillación, degradación o ganancia monetaria o comercial.
Un demandante que prevalezca puede recuperar la mayor cantidad de:
- daños y perjuicios económicos y no económicos causados directamente por la revelación o amenaza de revelación por parte del demandado, incluidos los daños y perjuicios por angustia emocional, vayan o no acompañados de otros daños; o
- daños y perjuicios legales no superiores a 10.000 $ contra cada demandado responsable de todas las revelaciones o amenazas de revelación.
Contacta con un abogado de Althauser Rayan Abbarno
Para una consulta con nuestros abogados en Centralia u Olympia, llama al (360) 736-1301 o www.CentraliaLaw.com.
Comentarios recientes