Una nueva ley firmada por el gobernador Jay Inslee restringe las molestas solicitaciones telefónicas. El proyecto de ley 1497 de la Cámara de Representantes, “Ley relativa a las solicitudes telefónicas comerciales”, fue aprobado por el Senado del Estado por 47 votos a favor y 0 en contra y por la Cámara de Representantes por 90 votos a favor y 5 en contra, y entrará en vigor en junio de 2022.

Qué hace la nueva ley

  • Restringe la captación telefónica a las horas de 8:00 a 20:00;
  • Obliga a los solicitantes telefónicos a proporcionar información identificativa en los primeros 30 segundos de la llamada, y a finalizar la llamada en los 10 segundos siguientes a que la persona a la que se llama indique que desea finalizar la llamada;
  • Exige que los solicitantes telefónicos que pidan una donación o donativo de dinero proporcionen una lista específica de opciones a la persona llamada; y
  • Amplía la definición de solicitud telefónica para incluir las llamadas a clientes telefónicos no residenciales.

Eliminación de la lista

En cualquier momento de la llamada, si la persona a la que se llama declara o indica que no desea que se le vuelva a llamar a
o desea que se eliminen sus datos de contacto de las listas telefónicas de
del solicitante, el solicitante:

  • Debe informar a la persona llamada de que sus datos de contacto se eliminarán de
    durante al menos un año;
  • Debes finalizar la llamada antes de 10 segundos;
  • No debe volver a ponerse en contacto con la parte llamada en ningún número asociado a esa parte durante al menos un año; y
  • No debe vender ni ceder la información de contacto de la parte llamada. La disposición sobre la eliminación de la lista
    es coherente entre la Ley de Solicitudes Telefónicas y la Ley de Regulación de las Solicitudes Telefónicas Comerciales.

Sanciones

Las infracciones de las restricciones de tiempo de llamada o de los requisitos de identificación y exclusión, finalización de llamada o eliminación de la lista
están sujetas a una multa de 1.000 $ por cada infracción según la TSA.

Además, en virtud de la CTSRA, el Departamento de Licencias puede adoptar medidas disciplinarias cuando un vendedor telefónico comercial de
incurra en conducta no profesional en virtud de la Ley Uniforme de Regulación de Negocios y Profesiones de
, o:

  • Realiza cualquier solicitud telefónica comercial desleal o engañosa;
  • Realiza llamadas a una persona que será recibida antes de las 8:00 h o después de las 20:00 h;
  • Adopta una conducta para acosar, intimidar o atormentar a cualquier persona en relación con la llamada;
  • No proporciona la identificación y la exclusión voluntarias requeridas al principio de cada llamada atendida;
  • No finaliza una llamada en un plazo de 10 segundos desde que el interlocutor llama o indica que desea finalizar la llamada; o
  • no pone en práctica con prontitud la declaración o indicación de la persona llamada de que no desea recibir más llamadas.

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