Recientemente se preguntó a los abogados de indemnización por accidente laboral de Althauser Rayan Abbarno si un trabajador lesionado que recibe prestaciones del Departamento de Trabajo e Industrias como parte de su reclamación de indemnización por accidente laboral tiene derecho a las prestaciones de la Ley de Baja Familiar y Médica Remunerada (PFMLA).
La respuesta es no.
Según la RCW 50A.15.100, leyes de indemnización por desempleo, seguro industrial y seguro de invalidez:
(1) La excedencia en virtud del presente título se añade a la excedencia durante la cual se abonan o se deben abonar prestaciones en virtud del Título 51 RCW u otras leyes federales o estatales de seguro industrial aplicables.
(2) Un empleado queda descalificado para recibir prestaciones por baja familiar o médica en virtud de este título durante cualquier semana en la que el empleado esté recibiendo, haya recibido o vaya a recibir una indemnización, según determine la agencia estatal o federal gobernante en virtud de:
(a) Título 50 RCW (Indemnización por desempleo);
(b) RCW 51.32.060 (Indemnización/pensión por incapacidad permanente total);
(c) RCW 51.32.090 (Incapacidad Temporal Total/Prestaciones por Pérdida de Tiempo/Pérdida de Poder Adquisitivo/Mantenimiento del Salario); o
(d) Cualquier otra ley federal aplicable de compensación por desempleo, seguro industrial o seguro de incapacidad.
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