El 2 de junio de 2020, el gobernador Inslee prorrogó la moratoria de desahucios del Estado como parte de la respuesta de su oficina a la Pandemia de COVID-19. La mayoría de los desahucios en el Estado de Washington están prohibidos hasta no antes del 1 de agosto de 2020. Esa moratoria se prorrogó, de nuevo, ¡esta semana!

Las acciones que pueden emprender los propietarios se limitan a muy pocas situaciones, y se les imponen requisitos para demostrar que esas situaciones se dan en un caso determinado.

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Inicialmente, el 18 de marzo, el gobernador decretó una moratoria temporal de los desahucios por impago de alquiler, ordenando que “se prohíba a los propietarios de viviendas entregar un aviso de retención ilícita por impago o alquiler”, y prohibió también “emitir un aviso de 20 días… relacionado con dicha propiedad”.

Esa orden inicial expiraba el 17 de abril.

Posteriormente, el 16 de abril de 2020, el Gobernador renovó y amplió esa moratoria, prohibiendo

un amplio abanico de acciones en las que normalmente se basan los propietarios para hacer cumplir al inquilino las condiciones de sus contratos de alquiler. La moratoria prohibía las siguientes acciones

  • Entregar, o amenazar con entregar, CUALQUIER notificación de desahucio. Esto incluye no sólo las demandas de pago del alquiler, sino también los avisos de rescisión (avisos de 20 días) y los avisos que exigen el cumplimiento de las condiciones del contrato (avisos de 10 días de cumplir o desalojar);
  • Imponer recargos por retraso en el pago del alquiler después del 29 de febrero de 2020;
  • Evaluar cualquier alquiler si el brote de COVID-19 impidió el acceso del inquilino a la vivienda;
  • Cobrar el alquiler impagado como deuda exigible, por cualquier alquiler impagado después del 29 de febrero, a menos que el Arrendador ofrezca un plan de reembolso que sea razonable en función de las circunstancias financieras, de salud y de otro tipo del Arrendatario; y
  • Aumentar el alquiler, para cualquier propiedad residencial Y comercial.

Esa orden se redactó para que expirara el 4 de junio de 2020; sin embargo, el gobernador prorrogó la moratoria mediante una proclamación antes de que expirara. Ahora, la moratoria de desahucios sigue en vigor hasta el 1 de agosto de 2020.

Sin embargo, la proclamación más reciente sí proporcionó una nueva vía para que los propietarios inicien desahucios, ahora en circunstancias limitadas. En la actualidad, existen dos bases sobre las que un propietario puede iniciar la rescisión de un contrato de arrendamiento: 1) si el desalojo es necesario para responder a un riesgo significativo e inmediato para la salud, la seguridad o la propiedad de terceros creado por el inquilino desalojado, o 2) si el propietario pretende vender la propiedad u ocuparla él mismo y se ha avisado al inquilino con sesenta (60) días de antelación.

Por último, la proclamación pretende limitar la capacidad del propietario para cobrar el alquiler impagado del periodo comprendido entre el 29 de febrero de 2020 y el 1 de agosto de 2020. Cualquier alquiler que no se haya pagado durante ese periodo no podrá cobrarse como deuda exigible, y no podrá ser la base de una rescisión del contrato de arrendamiento en virtud de las RCW 59.12 ó 59.18. Los intentos de cobrar el alquiler impagado están restringidos, ya que la proclamación prohíbe “los intentos de cobro, o las amenazas de cobro, a través de una agencia de cobros, mediante la presentación de una retención ilegal u otra acción judicial, la retención de cualquier parte de un depósito de seguridad, la facturación, la notificación a agencias de crédito o por cualquier otro medio”.

Lo que esto significa para los propietarios a corto plazo es que se les prohíbe emprender cualquier acción, o incluso amenazar con emprender una acción que pudiera iniciar el proceso de desahucio de cualquier inquilino residencial. Esto incluye el impago, por supuesto, pero también prohíbe a los propietarios abordar las infracciones de otras cláusulas de sus contratos de alquiler, a menos que esas infracciones supongan un riesgo importante e inmediato para la salud, la seguridad o la propiedad de otras personas.

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En tiempos de incertidumbre como los actuales, en los que casi a diario se publican proclamas y órdenes, es imprescindible que los propietarios y los inquilinos confíen en el asesoramiento de abogados expertos en arrendamientos.

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